El Gobierno de Javier Milei reglamentó la eliminación del Impuesto a las Ganancias para el cobro de alquileres destinados a vivienda y para los resultados obtenidos por la venta de inmuebles. La medida fue oficializada mediante un decreto publicado en el Boletín Oficial, que modificó la reglamentación de la Ley de Impuesto a las Ganancias y precisó el alcance de las nuevas exenciones para alquileres y operaciones inmobiliarias.
La nueva reglamentación establece que las ganancias derivadas de la locación o sublocación de inmuebles destinados a “casa-habitación” quedarán exentas del impuesto para los períodos fiscales iniciados desde el 1° de enero de 2026. En la práctica, esto implica que los ingresos obtenidos por el alquiler de viviendas permanentes dejarán de estar alcanzados por Ganancias.

El decreto define como “casa-habitación” al inmueble destinado a vivienda única, familiar y de ocupación permanente de quien lo habita. Además, aclara que la exención no se limita al alquiler en sentido estricto, sino que también alcanza a los importes cobrados por muebles, accesorios u otros servicios incorporados dentro del contrato de locación.
Uno de los puntos más relevantes de la medida es que el beneficio se aplicará a todas las unidades que una persona humana o una sucesión indivisa alquile con destino exclusivo a vivienda. Es decir, no se pierde la exención por tener más de una propiedad en alquiler, siempre que los inmuebles estén destinados a casa-habitación.
La reglamentación también precisa que el beneficio regirá sin importar la fecha en que se haya firmado el contrato, siempre que las rentas se devenguen desde enero de 2026 en adelante. De esta manera, el Gobierno busca dar certeza jurídica sobre el alcance temporal de la medida y evitar zonas grises en la aplicación del nuevo esquema.
Durante años, el tratamiento impositivo de los alquileres fue uno de los puntos más discutidos entre propietarios, inquilinos y tributaristas. En muchos casos, los contratos no eran declarados para evitar el impacto de Ganancias, lo que terminaba alimentando la informalidad en un mercado ya castigado por regulaciones fallidas y una presión fiscal excesiva.

El segundo cambio central alcanza a la compraventa de inmuebles. La reglamentación confirma que quedarán exentos de Ganancias los resultados obtenidos por la venta de propiedades y por la transferencia de derechos sobre inmuebles ubicados en la Argentina.
La medida alcanza a personas humanas y sucesiones indivisas, tanto residentes como no residentes, siempre que la operación se concrete a partir del 1° de enero de 2026 y esté comprendida dentro de los supuestos previstos por la Ley de Impuesto a las Ganancias.

Además, el beneficio no se limita a la venta directa de una propiedad. También incluye operaciones como la cesión de boletos de compraventa u otros compromisos similares cuando impliquen la transferencia de derechos económicos vinculados a un inmueble.
Con esta reglamentación, el Gobierno avanza en una reducción concreta de impuestos sobre el sector inmobiliario, uno de los mercados más golpeados por años de intervenciones, trabas y presión fiscal.
