“Guía completa: Derechos laborales en período de prueba”

tupacbruch
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“Guía completa: Derechos laborales en período de prueba”

El gobierno de Javier Milei ha implementado cambios en materia laboral, pero aún se espera la aprobación de una reforma laboral completa. A través del decreto 847, se publicó en el Boletín Oficial el capítulo laboral de la Ley Bases, con modificaciones significativas, especialmente en lo que respecta a los trabajadores en período de prueba.

Derechos laborales en período de prueba

Una de las principales modificaciones introducidas por el decreto es la extensión del período de prueba de los trabajadores de tres a seis meses. Además, se contempla la posibilidad de extender este plazo hasta ocho meses en empresas con 6 a 100 empleados, y hasta un año en unidades con hasta cinco empleados. También se establece que el empleador no puede contratar al mismo empleado más de una vez utilizando el período de prueba, ya que se consideraría como trabajo en relación de dependencia.

Los derechos laborales de los trabajadores en período de prueba no han sido modificados por la Ley de Bases. Se deja en claro que estos trabajadores tienen los mismos beneficios y coberturas que un trabajador registrado en relación de dependencia, con la única diferencia de que las partes pueden extinguir la relación laboral sin revelar la causa y sin derecho a indemnización en caso de extinción.

Derecho a un salario justo

El salario acordado con el empleador para los trabajadores en período de prueba no puede ser inferior al convenio colectivo de trabajo ni al Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM). Se prohíbe la discriminación salarial por motivos de género, origen étnico, religión, orientación sexual, entre otros.

Jornada laboral y horas extras

Los trabajadores en período de prueba no pueden exceder las 8 horas diarias o las 48 horas semanales, al igual que los empleados en relación de dependencia. Las horas extras se abonan con recargos del 50% para días hábiles y del 100% para domingos y feriados. Se debe respetar un descanso mínimo de 12 horas consecutivas entre jornadas laborales.

Descansos obligatorios, vacaciones y licencias

Los trabajadores en período de prueba tienen derecho a un descanso semanal obligatorio y a un día completo de descanso semanal, con un recargo del 100% en caso de trabajar en ese día. También tienen derecho a vacaciones remuneradas proporcionales al tiempo trabajado y a licencias especiales por maternidad, paternidad, fallecimiento de familiares, matrimonio, entre otros.

Aportes a la seguridad social y la salud

Durante el período de prueba, el empleador debe realizar los aportes patronales a la seguridad social, que incluyen jubilación, obra social, seguro de desempleo, asignaciones familiares, cobertura de salud a través de la obra social correspondiente y riesgos del trabajo a través de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART).

En conclusión, los cambios introducidos por el decreto 847 en el capítulo laboral de la Ley Bases han impactado principalmente en los trabajadores en período de prueba, extendiendo su duración y estableciendo condiciones claras en cuanto a sus derechos y obligaciones. Es fundamental que tanto empleadores como trabajadores conozcan estas modificaciones para garantizar un ambiente laboral justo y equitativo.

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