En 2014, el Banco Central de Bolivia (BCB) adoptó una postura estricta respecto a las criptomonedas a través de la Resolución de Directorio N.º 044/2014, prohibiendo el uso de cualquier moneda que no fuera emitida o regulada por el Estado. Sin embargo, Bolivia experimentó un cambio significativo en su postura hacia las criptomonedas en 2024-2025, pasando de un veto total a un modelo de “apertura controlada”.
El cambio regulatorio en Bolivia se ha visto impulsado por una combinación de factores, incluyendo necesidades macroeconómicas, presiones internacionales y recomendaciones para incorporar activos digitales en el mercado regulatorio formal. La crisis económica, la depreciación del dólar en mercados paralelos y la escasez de divisas han llevado a un aumento en el uso de criptoactivos como alternativa en el país.
### Factores que impulsaron la adopción y nuevo marco legal
Bolivia se encuentra en el octavo lugar del ranking regional en recepción de valor en criptomonedas, según Chainalysis, lo que muestra un crecimiento acelerado que acompaña su reciente apertura regulatoria. El Banco Central de Bolivia informó que las transacciones con activos virtuales crecieron a USD 294 millones en el primer semestre de 2025, con un aumento del 630 % en el volumen transado en comparación con el año anterior.
### Marco regulatorio en construcción de las criptomonedas en Bolivia
Tras la derogación de la Resolución 144/2020 que prohibía el uso y comercio de criptomonedas en el país, el Gobierno boliviano comenzó a estructurar un marco normativo más amplio para ordenar la actividad. Durante 2025 se aprobaron varios Decretos Supremos que establecen las condiciones en las que las instituciones públicas pueden interactuar con activos virtuales.
#### Regulación de activos virtuales (DS 5301)
Este decreto regula el uso de activos virtuales en pagos y operaciones administrativas del sector público, permitiendo a las entidades estatales utilizarlos de forma excepcional en situaciones donde los mecanismos tradicionales presenten dificultades operativas.
#### Marco legal para PSAV y empresas fintech (DS 5399)
Este decreto ajusta y corrige vacíos en la implementación previa, introduciendo excepciones temporales para operaciones específicas. Refuerza la estrategia del Gobierno de permitir la adopción de criptoactivos sin perder el control sobre los flujos financieros.
Estas normas se apoyan en el Decreto Supremo 4904 (2024), que otorgó a la Unidad de Investigaciones Financieras (UIF) nuevas facultades para supervisar actividades relacionadas con activos virtuales dentro del sistema de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo.
En conclusión, Bolivia ha experimentado un cambio significativo en su postura hacia las criptomonedas, pasando de un veto total a un modelo de “apertura controlada” que busca ordenar un mercado existente sin comprometer la función de su moneda nacional. El país continúa avanzando en la construcción de un marco regulatorio que permita la adopción gradual de criptoactivos, manteniendo un equilibrio entre la innovación financiera y la seguridad del sistema.En Bolivia, el Ministerio de Economía y la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) han avanzado en el diseño de un sistema de licenciamiento para las fintech y Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV). El pilar principal de este sistema es el DS 5384 (2025), que establece el marco general para la constitución, operación y supervisión de las Empresas de Tecnología Financiera (ETF) en el país.
### Normativa para las Empresas de Tecnología Financiera
El DS 5384 (2025) tiene como objetivo definir qué compañías pueden ofrecer servicios financieros basados en innovación tecnológica, como blockchain, tokenización o activos virtuales, y bajo qué condiciones podrán funcionar dentro del sistema regulado. La norma se centra en tres pilares estructurales: gobernanza corporativa, ciberseguridad y protección de datos, y capital mínimo y gestión de riesgos.
Aunque el decreto establece la estructura general, ASFI es la encargada de reglamentar el proceso de autorización, lo que deja espacios abiertos respecto al capital mínimo, categorías específicas (custodio, exchange, brokering, OTC) y límites operativos.
### Incorporación de PSAV en la Resolución Administrativa UIF/19/2025
Por otro lado, el Estado aprobó la Resolución Administrativa UIF/19/2025, que incorporó a los PSAV, exchanges, custodios y plataformas de compraventa como sujetos obligados. Esto implica el registro formal ante la UIF, la aplicación de KYC/AML y monitoreo de operaciones, reporte de transacciones sospechosas y políticas de debida diligencia basadas en riesgo.
### Vacíos en la regulación
A pesar de los avances, Bolivia aún mantiene áreas clave sin definir, como la tributación sin claridad, la falta de una definición jurídica completa de criptoactivos y el rol poco detallado del sector privado en el uso de activos virtuales. Algunos bancos en el país han comenzado a incorporar servicios relacionados con stablecoins dentro de un marco normativo en desarrollo, como Banco Bisa y Banco de Crédito BCP.
### ¿Qué esperar?
Bolivia ha pasado de un enfoque prohibicionista a un modelo de apertura regulada en poco tiempo. Aunque el nuevo marco legal aún no está terminado, ya define obligaciones concretas para quienes ofrecen servicios con activos virtuales y abre la puerta para la participación de instituciones públicas y privadas en su uso. El desafío será construir una regulación técnica, ágil y clara para evitar riesgos sin frenar la innovación ni la inversión.
En resumen, Bolivia está avanzando hacia una regulación más clara y abierta en el ámbito de las fintech y los activos virtuales, lo que representa un cambio significativo en el panorama financiero del país.
