No obstante, el propio Supremo dejó claro que la medida adoptada por Llarena no resuelve definitivamente la situación judicial de Puigdemont.
El Supremo todavía debe analizar el alcance de la sentencia
El auto establece expresamente que el levantamiento de las órdenes no declara aplicable la amnistía, no extingue la responsabilidad penal y tampoco resuelve las cuestiones que todavía permanecen pendientes.
Una vez que el magistrado tenga acceso al texto completo de la sentencia del Tribunal Constitucional, deberá determinar si corresponde mantener, modificar o volver a ejecutar las medidas contra Puigdemont, Comín y Puig.
Llarena consideró que mantener las órdenes activas durante este período podría provocar una privación de libertad que posteriormente se demostrara improcedente. Por ese motivo, entendió que resulta proporcionado suspenderlas temporalmente hasta conocer con precisión el alcance del fallo constitucional.
El Supremo ordenó comunicar inmediatamente la decisión a la Policía Nacional, la Guardia Civil, los Mossos d’Esquadra y al resto de autoridades a las que se hubieran remitido las órdenes, para que se abstengan de ejecutar cualquier privación de libertad basada en ellas.
De esta manera, Puigdemont queda temporalmente fuera del alcance de las órdenes nacionales de detención, aunque su situación judicial todavía deberá ser definida por el Tribunal Supremo una vez que Llarena estudie íntegramente la resolución del Constitucional.
