“Reforma laboral: cambios en vacaciones, jornada y sueldos”

tupacbruch
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“Reforma laboral: cambios en vacaciones, jornada y sueldos”

La reforma laboral propuesta por el presidente Javier Milei introduce cambios significativos en cuanto a la forma en que se establecen los salarios, la jornada laboral y las vacaciones de los trabajadores. Según el texto al que tuvo acceso iProfesional, los salarios podrán fijarse por tiempo o rendimiento, y en este último caso por unidad de obra, comisión individual o colectiva. Además, se podrán incorporar componentes retributivos dinámicos adicionales, siempre y cuando se respeten ciertos parámetros mínimos.

## Reforma laboral: los fuertes cambios que introduce para el sueldo

Entre los cambios más relevantes en relación al sueldo se encuentran los siguientes:

– El salario puede fijarse por tiempo o por rendimiento del trabajo, y en este último caso por unidad de obra, comisión individual o colectiva.
– Se podrán incorporar componentes retributivos dinámicos adicionales, de naturaleza variable, mediante la negociación colectiva o acuerdos individuales.
– Estos conceptos dinámicos contemplarán tanto el mérito personal del trabajador como la situación económica de la empresa y la actividad.

En cuanto al pago de los salarios, el proyecto permite que estos se realicen en dólares, especificando que el salario debe ser satisfecho en dinero, ya sea en moneda nacional o extranjera, especie, habitación o alimentos. Sin embargo, existen excepciones en cuanto a las prestaciones complementarias que no se consideran remunerativas y no generan cargas sociales.

## Cómo será el salario con la reforma laboral

El proyecto también establece que las prestaciones complementarias, ya sea en dinero o en especie, forman parte de la remuneración del trabajador, con excepción de ciertos conceptos como los retiros de socios, gerentes de sociedades, uso del automóvil de propiedad de la empresa o del empleado, entre otros.

En relación a la jornada laboral y el banco de horas, la reforma laboral dispone que la reducción de la jornada máxima legal solo procederá de acuerdo a las disposiciones nacionales, contratos individuales o convenios colectivos. Se podrán establecer métodos de cálculo de la jornada máxima con base en promedio, siempre respetando los descansos mínimos entre jornadas.

## Las nuevas normas de la reforma laboral para vacaciones flexibles

En cuanto a las vacaciones, se establece que deben otorgarse entre el 1 de octubre y el 30 de abril del año siguiente, a menos que se acuerde un período distinto entre empleador y trabajador. Además, se permite el fraccionamiento del período vacacional, siempre que cada tramo no sea inferior a una semana.

Es importante destacar que el empleador deberá organizar las vacaciones de manera que cada trabajador goce de ellas al menos una vez cada tres años durante la temporada de verano. En caso de interrupción por licencia por enfermedad, el trabajador deberá reincorporarse al finalizar el período originalmente previsto para las vacaciones.

En resumen, la reforma laboral propuesta por el presidente Javier Milei introduce cambios significativos en la forma en que se establecen los salarios, la jornada laboral y las vacaciones de los trabajadores. Estos cambios buscan flexibilizar las condiciones laborales y adaptarlas a las necesidades actuales del mercado laboral.

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