Tras los aumentos, en cuánto quedan la mínima y la máxima de las jubilaciones en agosto

tupacbruch
8 Min Read
Tras los aumentos, en cuánto quedan la mínima y la máxima de las jubilaciones en agosto

Después de que el INDEC informara la inflación de junio, el Gobierno oficializó un nuevo aumento para las jubilaciones y pensiones que paga la ANSES. La actualización será del 1,89%, en línea con la fórmula de movilidad vigente, que ajusta los haberes todos los meses según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Con este incremento, la jubilación mínima pasará a $419.775,92. A ese monto se le sumará el bono extraordinario de hasta $70.000, por lo que quienes perciban el haber mínimo cobrarán $489.775,92 durante agosto. Por su parte, la jubilación máxima ascenderá a $2.824.694,50 y, como ocurre desde que se implementó el refuerzo, no recibirá el bono adicional.

El aumento alcanzará también a los beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) y de las Pensiones No Contributivas (PNC), cuyos montos volverán a actualizarse con el mismo porcentaje de movilidad.

Cómo quedan la jubilación mínima, la máxima y el resto de los haberes

Tras el aumento del 1,89%, los principales haberes previsionales de la ANSES quedarán conformados de la siguiente manera:

  • Jubilación mínima: $419.775,92
  • Jubilación mínima con bono: $489.775,92
  • Jubilación máxima: $2.824.694,50
  • PUAM: $335.820,74
  • PUAM con bono: $405.820,74
  • PNC por invalidez y vejez: $293.843,14
  • PNC con bono: $363.843,14

El incremento se aplicará automáticamente, por lo que los beneficiarios no deberán realizar ningún trámite para cobrar los nuevos valores. La actualización también alcanzará a todas las prestaciones previsionales administradas por la ANSES que se ajustan por la fórmula de movilidad.

Quiénes cobrarán el bono de $70.000 en agosto y cómo funciona el pago proporcional

Además del aumento por movilidad, el Gobierno confirmó la continuidad del bono extraordinario previsional de hasta $70.000, un refuerzo que seguirá destinado a los jubilados y pensionados que perciben los haberes más bajos.

El beneficio alcanzará a quienes cobran la jubilación mínima, los titulares de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) y los beneficiarios de Pensiones No Contributivas (PNC) que cumplan con los requisitos establecidos por la ANSES. En estos casos, el bono se abonará junto con el haber mensual y no requiere ningún trámite adicional.

Sin embargo, el esquema no funciona igual para todos los jubilados. Quienes perciban un haber superior a la mínima, pero inferior al límite establecido por el Gobierno, recibirán un bono proporcional. El objetivo es que la suma entre el haber actualizado y el refuerzo no supere el monto máximo fijado para acceder al beneficio.

Por ejemplo, un jubilado que cobre un haber apenas superior al mínimo no dejará de percibir el bono automáticamente. En cambio, recibirá un monto menor a $70.000, calculado de forma tal que complete el ingreso total previsto por la normativa.

Es decir, el bono de $70.000 funciona como una medida para que nadie cobre por debajo de $489.775,92. Por ejemplo, si una persona cobra $450.000, el bono será de tan solo $39.775,92.

La continuidad del bono mantiene un esquema que el Gobierno viene utilizando desde hace varios meses para reforzar los ingresos de los jubilados con menores haberes, aunque ese adicional no integra el haber previsional. Esto significa que no se incorpora al cálculo de futuros aumentos ni impacta sobre el aguinaldo, ya que se trata de un pago extraordinario.

En cambio, quienes cobran haberes medios y altos, incluida la jubilación máxima, no percibirán el bono extraordinario. Para ese grupo, el único incremento será el correspondiente a la movilidad previsional del 1,89% aplicada sobre el haber mensual.

Cómo evolucionaron las jubilaciones durante 2026

El aumento de agosto no es un ajuste aislado. Desde que comenzó 2026, las jubilaciones y pensiones administradas por la ANSES se actualizan todos los meses mediante la nueva fórmula de movilidad, que toma como referencia la inflación informada por el INDEC.

De esta forma, cada incremento mensual reflejó la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) registrada dos meses antes. El objetivo del esquema es que los haberes acompañen de forma más rápida la evolución de los precios, en reemplazo del sistema anterior de actualizaciones trimestrales.

Sin embargo, más allá de la movilidad, el Gobierno decidió mantener durante todo el año el bono extraordinario de hasta $70.000, destinado a quienes perciben los ingresos previsionales más bajos. Ese refuerzo permitió elevar el ingreso efectivo de quienes cobran la jubilación mínima, aunque continúa siendo un pago adicional que no se incorpora al haber permanente.

Esto implica que, si bien la jubilación mínima aumentó mes tras mes por movilidad, el bono siguió representando una parte importante del ingreso mensual de millones de jubilados. Por el contrario, quienes cobran haberes medios o altos únicamente recibieron las actualizaciones derivadas de la fórmula de movilidad.

El próximo incremento llegará en septiembre de 2026, cuando volverán a actualizarse los haberes de acuerdo con la inflación correspondiente al mes de julio, siempre que no haya modificaciones en la normativa vigente.

Calendario ANSES: cuándo cobran los jubilados y pensionados en agosto de 2026

La ANSES comenzará a pagar las jubilaciones y pensiones de agosto a partir del lunes 10 de agosto. Como ocurre todos los meses, el cronograma se organiza según la terminación del DNI y distingue entre quienes cobran hasta un haber mínimo y aquellos que perciben ingresos superiores.

Jubilados y pensionados que cobran hasta un haber mínimo:

  • DNI terminados en 0: 10 de agosto
  • DNI terminados en 1: 11 de agosto
  • DNI terminados en 2: 12 de agosto
  • DNI terminados en 3: 13 de agosto
  • DNI terminados en 4: 14 de agosto
  • DNI terminados en 5: 18 de agosto
  • DNI terminados en 6: 19 de agosto
  • DNI terminados en 7: 20 de agosto
  • DNI terminados en 8: 21 de agosto
  • DNI terminados en 9: 24 de agosto

Jubilados y pensionados que cobran más de un haber mínimo:

  • DNI terminados en 0 y 1: 25 de agosto
  • DNI terminados en 2 y 3: 26 de agosto
  • DNI terminados en 4 y 5: 27 de agosto
  • DNI terminados en 6 y 7: 28 de agosto
  • DNI terminados en 8 y 9: 31 de agosto

Quienes perciban la jubilación mínima, la PUAM o las Pensiones No Contributivas recibirán el aumento por movilidad junto con el bono extraordinario, siempre que cumplan con las condiciones establecidas por la ANSES. En todos los casos, el pago se acreditará en la misma fecha prevista por el calendario oficial según la terminación del DNI.

Share This Article